Qué se puede conducir con el permiso B

Además de un turismo, el permiso B autoriza furgonetas ligeras de hasta 3.500 kg de masa máxima autorizada (MMA) y 8 pasajeros más el conductor. También cubre ciclomotores, triciclos y cuatriciclos, remolques dentro de unos límites, y en España motocicletas tipo A1 de hasta 125 cc si tu B tiene más de tres años.

La respuesta corta

Como norma general, el permiso B sirve para automóviles de hasta 3.500 kg de MMA diseñados para no más de 8 pasajeros además del conductor. Eso incluye el turismo habitual y muchas furgonetas ligeras; no cualquier furgón.

No es un permiso de moto ni de camión. Los ciclomotores sí entran. Las motocicletas de hasta 125 cc solo en España y solo si el B lleva más de tres años. Los remolques no se resuelven con «hasta 4.250 kg»: hay que mirar la MMA del remolque, la del conjunto y si hace falta una autorización extra o el B+E.

Cómo comprobarlo en el teórico

  • En el examen salen MMA, número de plazas, ciclomotor frente a moto de 125 cc y remolques.
  • Practica primero el tema de definiciones y tipos de vehículo; luego un simulacro completo.
  • Esta página resume la norma vigente; las preguntas tipo examen te obligan a aplicar el matiz.

Turismos, furgonetas y pasajeros

El Reglamento General de Conductores autoriza con el permiso B automóviles cuya MMA no exceda de 3.500 kg y que estén diseñados y construidos para el transporte de no más de 8 pasajeros además del conductor. Son 9 plazas en total, conductor incluido.

Una furgoneta entra si cumple esos dos límites. Si la MMA supera 3.500 kg o está diseñada para más de 8 pasajeros además del conductor, el B no basta: hacen falta permisos como C1, C, D1 o D, según el caso. Mira siempre la ficha técnica, no el tamaño aparente.

Ciclomotores y motos de 125 cc

No son lo mismo. Un ciclomotor (categoría AM) es, en esencia, un vehículo de hasta 50 cc de dos o tres ruedas, o un cuatriciclo ligero. El permiso B autoriza a conducir ciclomotores.

Una motocicleta de la clase A1 es otra categoría: hasta 125 cm³, potencia máxima de 11 kW y relación potencia/peso máxima de 0,1 kW/kg. El B no es un permiso de moto. En España, si tu B está en vigor y tiene más de tres años de antigüedad, puedes conducir esas motocicletas A1 solo dentro del territorio nacional. Si el B tiene adaptaciones o restricciones, Tráfico debe anotarlas antes en el permiso.

Esa equivalencia no te convierte en titular del A1 ni vale, por sí sola, para circular fuera de España. Motos más potentes siguen exigiendo A2 o A.

Triciclos, cuatriciclos y edad

El permiso B también autoriza triciclos y cuatriciclos de motor, además de vehículos para personas de movilidad reducida.

Hasta los 21 años cumplidos, el B no autoriza a conducir triciclos de motor cuya potencia máxima exceda de 15 kW. A partir de esa edad, esa limitación de potencia deja de aplicar para el B.

Remolques: B, código 96 y B+E

Con el B puedes llevar enganchado un remolque cuya MMA no exceda de 750 kg.

Si el remolque supera 750 kg, el conjunto (vehículo + remolque) puede seguir estando cubierto por el B mientras la MMA del conjunto no exceda de 4.250 kg. Eso no significa que cualquier conjunto de 4.250 kg se conduzca igual: cuando el remolque supera 750 kg y el conjunto pasa de 3.500 kg, el reglamento exige una prueba de aptitudes y comportamientos o una formación específica. En el permiso suele figurar el código armonizado 96 (a menudo llamado B96).

El permiso B+E es otra autorización: conjuntos formados por un vehículo del B y un remolque o semirremolque cuya MMA no exceda de 3.500 kg. Un remolque de 3.500 kg no entra en el B ni en el código 96. El permiso autoriza a conducir; no sustituye las normas de homologación del conjunto ni los límites de las fichas técnicas del vehículo y del remolque.

Furgonetas de combustibles alternativos

Hay una excepción nacional, no un atajo general. Con un B de más de dos años puedes conducir en España, sin remolque, automóviles de mercancías impulsados por combustibles alternativos con MMA superior a 3.500 kg y hasta 4.250 kg, solo si se cumplen todas estas condiciones a la vez:

  • El exceso sobre 3.500 kg proviene exclusivamente de la mayor masa del sistema de propulsión respecto a un vehículo equivalente con motor convencional.
  • No aumenta la capacidad de carga respecto a ese mismo vehículo equivalente.
  • Los combustibles alternativos son los definidos en el anexo IX del Reglamento General de Vehículos.
  • La autorización vale dentro del territorio nacional, no es un permiso C1.

Qué no cubre el permiso B

  • Motocicletas A2 o A, ni motos A1 fuera de España o con un B de tres años o menos.
  • Camiones y furgones por encima de 3.500 kg de MMA, salvo la excepción de combustibles alternativos.
  • Autobuses y vehículos diseñados para más de 8 pasajeros además del conductor.
  • Remolques o semirremolques de hasta 3.500 kg de MMA cuando el conjunto no cabe en el B ni en el código 96: para eso está el B+E.

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El permiso B es el carnet de coche. Si estás buscando información sobre AM, A1, A2, B1 o permiso de circulación, revisa siempre la información oficial de la DGT. Cero Fallos se centra ahora en practicar el teórico del permiso B.

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Fuentes oficiales

Comprueba siempre el texto vigente. Estos enlaces son las referencias usadas en esta página:

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Preguntas frecuentes

¿Qué vehículos puedo conducir con el permiso B, además de turismos?

Furgonetas ligeras de hasta 3.500 kg de MMA y 8 pasajeros más el conductor, ciclomotores, triciclos y cuatriciclos de motor, remolques dentro de los límites del B o del B+E, y en España motocicletas A1 de hasta 125 cc si el B tiene más de tres años.

¿Puedo conducir moto con el permiso B?

Ciclomotores, sí. Motocicletas A1 de hasta 125 cc, 11 kW y 0,1 kW/kg, solo en España y solo si tu B está en vigor y tiene más de tres años. Motos más potentes requieren A2 o A.

¿Puedo conducir una furgoneta con el permiso B?

Sí, si su MMA no supera 3.500 kg y está diseñada para no más de 8 pasajeros además del conductor. Por encima de esa MMA hace falta otro permiso, salvo la excepción nacional de mercancías con combustibles alternativos hasta 4.250 kg.

¿El permiso B llega hasta 4.250 kg con remolque?

El B cubre un remolque de hasta 750 kg y, si el remolque supera 750 kg, conjuntos de hasta 4.250 kg. Si además el conjunto pasa de 3.500 kg, hace falta el código 96. El B+E cubre un remolque o semirremolque de hasta 3.500 kg de MMA; no sustituye a la ficha técnica ni a la homologación del conjunto.

¿Cero Fallos prepara otros permisos?

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La normativa puede cambiar. Esta página es una ayuda de estudio y no sustituye el texto oficial de la DGT o del BOE. Cero Fallos no está afiliado a la DGT.

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